resumen

Todos los edificios de viviendas de más de 45 años de antigüedad, en los plazos previstos en el decreto, deberán pasar una revisión, subsanar las deficiencias graves y obtener el correspondiente certificado de aptitud que entregará la agencia de la Vivienda de cataluña o la entidad local que tenga la competencia delegada.

Se han realizado ya las primeras inspecciones en algunos edificios y desde la agencia catalana de la Vivienda está efectuando un seguimiento de los primeros resultados. Desde la comisión Rime participaremos activamente en su desarrollo y queremos colaborar para que se alcance el objetivo previsto: mejorar la seguridad de los edificios y la protección de sus usuarios mediante el mantenimiento correctivo (reparación o rehabilitación) y millorartambé el mantenimiento preventivo.

 

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