Normativa
La Inspección Técnica de los Edificios (ITE)
Informe sobre el estado actual de los edificios
¿En qué consiste la ITE?
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
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Edificios unifamiliares o plurifamiliares, donde exista el uso de vivienda, sin perjuicio de que puedan contener también otros usos distintos al residencial.
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No es de aplicación a los edificios unifamiliares donde su edificación principal, excluídas construcciones auxiliares de escasa entidad constructiva, esté separada 1,5 metros o más de la vía pública, de zonas de uso público y de las fincas adyacentes.
¿Cuál es el plazo para pasar la ITE?
Para acreditar el cumplimiento de esta obligación a presentar a la Administración el Informe de la Inspección Técnica del edificio de viviendas antes de que se cumplan los 45 años de antigüedad.
Los edificios de viviendas unifamiliares que dispongan de cédula de habitabilidad vigente en el momento de alcanzar los plazos fijados en este calendario no tienen la obligación de presentar el Informe de la Inspección Técnica del edificio hasta la fecha en que caduque esta cédula de habitabilidad.
Tipologías de deficiencias
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Muy graves. Las deficiencias que por su alcance representan un peligro inminente y generalizado para la estabilidad del edificio y la seguridad de las personas y que requieren una intervención inmediata.
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Graves. Las que por su incidencia representan un riesgo inminente para la estabilidad o seguridad de determinados elementos del edificio o graves problemas de salubridad, que presuponen un riesgo para la seguridad de las personas y que requieren la adopción de medidas cautelares.
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Importantes. Las que a pesar de no representar un riesgo inminente ni para la estabilidad del edificio ni para la seguridad de las personas, afectan la salubridad y funcionalidad y hacen necesaria una intervención correctora.
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Leves. Las que hacen necesario realizar trabajos de mantenimiento preventivo y / o corrector para evitar el agravamiento o la aparición de nuevas deficiencias.
¿Cómo se puede determinar la antigüedad de un edificio?
¿Quién es el responsable de encargar la ITE y quién asume el coste?
¿En qué casos es necesario disponer del certificado de aptitud?
¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento de llevar a cabo la inspección técnica?
¿TRAC realiza ITEs?
TRAC facilita la realización de la ITE poniendo en contacto al interesado con arquitectos especialistas en rehabilitación de reconocida experiencia. El coste de la ITE es el del tablado de los honorarios de estos arquitectos, siempre precios competitivos de mercado sin cargo adicional.
El valor añadido de nuestra oferta es que TRAC actúa, a través de su equipo técnico, como consejero experto en rehabilitación de edificios para sumar talento con estos arquitectos técnicos especializados, a fin de que el diagnóstico de patologías de la edificación y la prescripción técnica del ITE sea lo más realista y adecuada posible en el edificio y el momento.
Puede encontrar más información en la web de la Agència de l'Habitatge de Catalunya.