Ya se ha publicado la convocatoria del año 2019 para la concesión de subvenciones dirigidas a comunidades de propietarios y personas propietarias de edificios de vivienda de uso residencial para la rehabilitación de elementos comunes con el objetivo de fomentar la rehabilitación del parque existente de edificios en Barcelona, ​​con especial atención a las obras de rehabilitación energética.
 
Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las Bases reguladoras aprobadas por la Junta General del Consorci de l'Habitatge de Barcelona, ​​en fecha 17 de diciembre de 2009 (DOGC núm. 5535, de 29 de diciembre de 2009) y por la normativa general de subvenciones, y se conceden por concurrencia no competitiva.
 
 
Presupuesto disponible: 5.500.000 €
Ámbito de aplicación: Municipio de Barcelona
Destinatarios: Comunidades de propietarios y propietarios de edificios de vivienda de uso residencial.
Plazos: Del 20 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2019
 

Presentación de solicitudes

1. Se pueden presentar a esta convocatoria las solicitudes de subvenciones que hagan referencia a la rehabilitación de elementos comunes de edificios de uso residencial de la ciudad de Barcelona que cumplan los requisitos establecidos al efecto. Se pueden presentar a esta convocatoria las solicitudes de inscripción referentes a ayudas para la instalación de ascensores en los barrios de Baró de Viver y del Suroeste del Besòs, en las condiciones que establecía la convocatoria 2018. El plazo de cierre para estas solicitudes de inscripción termina el 31/12/2019 o fecha en que se cierre la convocatoria.
 
2. Las solicitudes no resueltas, acogidas a la convocatoria del año 2018, se acogerán de oficio a esta convocatoria con los porcentajes y los topes establecidos en la convocatoria 2018 siempre que se cumpla alguno de los requisitos siguientes:
 
  • Solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad al cierre de la convocatoria 2018 que tuvieran informe técnico en fecha igual o anterior al 30/10/2018, siempre que hayan comunicado el inicio de obras antes del 31.12.2018; de lo contrario, se resolverá su archivo de acuerdo con lo que establecía la convocatoria del año 2018.
  • Solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad al cierre de la convocatoria 2018 que no tuvieran informe técnico en fecha 30/10/2018, siempre que presenten el inicio de obras con fecha igual o anterior al 05/31/2019. En caso contrario, se resolverá su archivo de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria. A los efectos de esta convocatoria, estas solicitudes quedan exceptuadas de la obligación de presentar el inicio de obras en un plazo de 10 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.4 de las Bases reguladoras. Las personas solicitantes que estén incluidas en este supuesto deben presentar el comunicado de inicio de obras en un plazo máximo de noventa días desde el inicio de las obras, y siempre antes del 05/31/2019, excepto para a las solicitudes de inscripción previsto en el punto 1 que tendrán hasta el 31/12/2019 o fecha en que se cierre la convocatoria.
 
3. Los propietarios o titulares de los edificios que hayan solicitado acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria para patologías estructurales, así como los edificios del ámbito de Ciudad Meridiana que hayan solicitado ayudas para la instalación instalación de ascensores, pueden solicitar a partir del inicio de las obras un anticipo del 60% de la subvención reconocida siempre que acrediten facturas por el importe del anticipo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1 de las Bases reguladoras.
 
 

Subvenciones de edificios

Para la rehabilitación de edificios se propone incluir en la convocatoria los siguientes porcentajes de subvenciones:
 
 
     % Subvención

     Tope

Ahorro energético y sostenibilidad      

 Actuaciones pasivas (Fachadas, patios, cubiertas y medianeras)    Actuación en todo el edificio

 40%

 ≤20 hab.

30.000€

 21<hab.<40

40.000€

>41 hab.

50.000€

 Actuación parcial

 25%

 Actuaciones activas    Energía solar

 50%

     3.500 € / hab.

 Cubiertas verdes

 40%

     30.000€

 Patologías estructurales    

 35%(*)

 ≤30 hab.

30.000€

 31<hab.<60

40.000€

 >60 hab.

50.000€

 Accesibilidad      Ascensores    interiores

 

35%

     30.000 €

 exteriores

     50.000 €

 Supresión barreras arquitectónicas  

 25%

     30.000 €

 Instalaciones comunes      General  

 20%

 ≤20 hab.

30.000€

 21<hab.<40

40.000€

 >41 hab.

50.000€

 Agua directa  

 40%

     30.000 €

 Supresión fibrocemento  

 25%

     30.000 €

 Obras no estructurales

 Fachadas, patios, cubiertas y medianeras 

 15%(**)

     20.000 €

 Cohesión social (ingresos <3IRSC)      100%      Sin tope e inscripción en el registro
 
(*) Barrios y zonas especiales con problemáticas estructurales podrían llegar a disfrutar del 50%. Consulte con la oficina de vivienda correspondiente.
(**) Sólo en el caso de que sea técnicamente imposible el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en el punto de ahorro energético y sostenibilidad, o por respeto a valores patrimoniales o de salubridad, la subvención será del 15% del presupuesto protegible.

 

 

Más información en la web del Ajuntament de Barcelona.

DOGC del 20 de marzo de 2019. Anuncio sobre la convocatoria de ayudas a la rehabilitación de elementos comunes en la ciudad de Barcelona para en el año 2019
 

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