Presentación de solicitudes
- Solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad al cierre de la convocatoria 2018 que tuvieran informe técnico en fecha igual o anterior al 30/10/2018, siempre que hayan comunicado el inicio de obras antes del 31.12.2018; de lo contrario, se resolverá su archivo de acuerdo con lo que establecía la convocatoria del año 2018.
- Solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad al cierre de la convocatoria 2018 que no tuvieran informe técnico en fecha 30/10/2018, siempre que presenten el inicio de obras con fecha igual o anterior al 05/31/2019. En caso contrario, se resolverá su archivo de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria. A los efectos de esta convocatoria, estas solicitudes quedan exceptuadas de la obligación de presentar el inicio de obras en un plazo de 10 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.4 de las Bases reguladoras. Las personas solicitantes que estén incluidas en este supuesto deben presentar el comunicado de inicio de obras en un plazo máximo de noventa días desde el inicio de las obras, y siempre antes del 05/31/2019, excepto para a las solicitudes de inscripción previsto en el punto 1 que tendrán hasta el 31/12/2019 o fecha en que se cierre la convocatoria.
Subvenciones de edificios
% Subvención |
Tope |
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Ahorro energético y sostenibilidad |
Actuaciones pasivas (Fachadas, patios, cubiertas y medianeras) | Actuación en todo el edificio |
40% |
≤20 hab. 30.000€ |
21<hab.<40 40.000€ |
>41 hab. 50.000€ |
Actuación parcial |
25% |
|||||
Actuaciones activas | Energía solar |
50% |
3.500 € / hab. |
|||
Cubiertas verdes |
40% |
30.000€ |
||||
Patologías estructurales |
35%(*) |
≤30 hab. 30.000€ |
31<hab.<60 40.000€ |
>60 hab. 50.000€ |
||
Accesibilidad | Ascensores | interiores |
35% |
30.000 € |
||
exteriores |
50.000 € |
|||||
Supresión barreras arquitectónicas |
25% |
30.000 € |
||||
Instalaciones comunes | General |
20% |
≤20 hab. 30.000€ |
21<hab.<40 40.000€ |
>41 hab. 50.000€ |
|
Agua directa |
40% |
30.000 € |
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Supresión fibrocemento |
25% |
30.000 € |
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Obras no estructurales |
Fachadas, patios, cubiertas y medianeras |
15%(**) |
20.000 € |
|||
Cohesión social (ingresos <3IRSC) | 100% | Sin tope e inscripción en el registro |
(*) Barrios y zonas especiales con problemáticas estructurales podrían llegar a disfrutar del 50%. Consulte con la oficina de vivienda correspondiente.
(**) Sólo en el caso de que sea técnicamente imposible el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en el punto de ahorro energético y sostenibilidad, o por respeto a valores patrimoniales o de salubridad, la subvención será del 15% del presupuesto protegible.
DOGC del 20 de marzo de 2019. Anuncio sobre la convocatoria de ayudas a la rehabilitación de elementos comunes en la ciudad de Barcelona para en el año 2019