El Parlament ha aprobado la Ley de cambio climático, que adopta las bases derivadas de la legislación comunitaria europea y configura los elementos esenciales para la regulación de este instrumento en nuestro país.
 
La Ley persigue, básicamente, cinco finalidades:
 
  1. Conseguir que Cataluña reduzca tanto las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y favorecer la transición hacia una economía baja en carbono.
  2. Reforzar y ampliar las estrategias y los planes que se han elaborado durante los últimos años.
  3. Promover y garantizar la coordinación de todas las administraciones públicas catalanas, y fomentar la participación de la ciudadanía, de los agentes sociales y de los agentes económicos.
  4. Convertirse en un país líder en la investigación y aplicación de nuevas tecnologías, y reducir la dependencia energética de Cataluña de recursos energéticos externos.
  5. Hacer visible el papel de Cataluña en el mundo, tanto en los proyectos de cooperación como en la participación en los foros globales de debate sobre el cambio climático.
Además, la mencionada ley incluye, en la Disposición Transitoria tercera, que especifica que las solicitudes de licencia de edificios nuevos y de edificios existentes sometidos a una gran rehabilitación deben incluir un diseño que cumpla los requisitos correspondientes a un edificio de consumo de energía casi nulo a partir del 1 de enero de 2018 si son de titularidad pública.
 

40% menos de emisiones en 2030

La Ley establece unas metas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). El objetivo de reducción es del 40% respecto al año base para el 2030, del 65% para el 2040 y del 100% para 2050.
 

Los presupuestos de carbono

El Parlamento aprobará la cantidad total de emisiones permitidas para el conjunto del país, y deberá indicar qué parte corresponde a los sectores cubiertos por la Directiva del mercado de emisiones y qué los conocidos como sectores difusos, no cubiertos por este sistema. Los presupuestos se establecerán para períodos de cinco años y se aprobarán con una antelación de diez.
 

Huella de carbono

El Gobierno deberá establecer las bases para un sistema de evaluación de la huella de carbono de los materiales para la construcción y los productos industriales finales. De esta manera, los consumidores podrán decidir su adquisición conociendo las emisiones asociadas a su producción y su transporte.
 

El Fondo Climático

La Ley crea un fondo de carácter público, el Fondo Climático, que servirá, entre otros, para impulsar el fomento de las renovables; descentralizar redes y fomentar el autoconsumo eléctrico, etc.
 

Fiscalidad ambiental

Establece que las administraciones públicas han de grabar las actuaciones que hacen aumentar la vulnerabilidad o incrementan las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y deben incentivar fiscalmente las actuaciones que favorecen la adaptación al cambio climático o la reducción de emisiones. Se grabarán las emisiones portuarias de grandes barcos.
 

Acceso a recursos básicos

La Ley incluye la garantía de acceso a los recursos básicos de energía y agua. La vulnerabilidad de una población hacia los impactos del cambio climático, especialmente los llamados fenómenos extremos, como las olas de calor, las de frío o las sequías, está en gran parte determinada por su capacidad acceder a estos dos recursos básicos.
 

Organización

La norma especifica que el Departamento de Territorio y Sostenibilidad tiene las competencias y las responsabilidades en la planificación y ejecución de las políticas climáticas de Cataluña.

 

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