Presupuesto disponible: 3.166.161€.
Ámbito de aplicación: Municipio de Barcelona.
Destinatarios: Comunidades de propietarios.
Plazos: El plazo se abre el 27 de junio y finaliza el 30 de octubre de 2020.
Acciones subvencionables
- Patologías estructurales.
- Obras no estructurales (fachadas, patios, patios, cubiertas, medianeras, escaleras y vestíbulos).
- Obras de accesibilidad, instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas.
- Obras de instalaciones (comunes, unificación de antenas de televisión, reordenación de aparatos de aire acondicionado, instalaciones contra incendios, retirada de elementos obsoletos de fibrocemento, agua directa.
- Ahorro energético y sostenibilidad (Actuaciones pasivas en patios, fachadas, cubiertas y medianeras, actuaciones activas y cubiertas verdes).
Requisitos para poder acceder a las subvenciones
- Presupuesto mínimo 750 €.
- Construidos con anterioridad al 1994.
- Plurifamiliares y divididos en régimen de propiedad horizontal en el que no haya una concentración de propiedad superior al 30% del total de entidades situadas en plantas superiores a la planta Baja (excepto los barrios de Torre Baró y Vallbona).
- Que el 60% del edificio, excluida la planta baja y la superficie bajo rasante, esté destinado a vivienda habitual. (Excepción: En aquellas edificaciones con un número de viviendas no superior a cuatro, el porcentaje se situará en el 50%).
- Que no se hayan hecho obras de rehabilitación en los elementos comunes en los últimos 15 años y que estén en mal estado de conservación o tengan importantes necesidades de mejoras funcionales. Para obras de rehabilitación en elementos comunes se entenderán obras de rehabilitación sobre la totalidad de dos de los elementos arquitectónicos de la finca siguientes: cubiertas, medianeras, estructura, fachadas y ascensor. Corresponde al equipo gestor determinar esta circunstancia. Se exceptuará de esta limitación aquellas obras realizadas según ediciones anteriores del presente programa y que, por causas justificadas, no hubieran presentado un proyecto que defina todas las carencias detectadas en la comunidad de propietarios.
- Ser propietario de la vivienda afectada y que éste constituya su residencia habitual y permanente.
- No disponer de otra vivienda en la ciudad de Barcelona.
- El plazo máximo para la ejecución de las obras se fija en el 31 de diciembre de 2021.
Para consultar formularios y otra documentación relacionada puede hacerlo en el Consorci de l'Habitatge de Barcelona.